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Procedimientos y tramites: Sancionador

Objeto

Sancionar los hechos y conductas tipificados como infracciones tributarias y determinar el importe de las multas conforme a los criterios de graduación establecidos.

Normativa

Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, Título VIII, artículos 70 a 71. Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y sus respectivas normas de desarrollo.

Órgano

Gerencias del Catastro.

Forma de inicio

Oficio.

Fases procedimiento 

  • Comunicación del inicio del expediente.
  • Elaboración de diligencias de constancia de infracción e informe de establecimiento de criterios de graduación.
  • Elaboración de propuesta de resolución.
  • Notificación de la propuesta de resolución.
  • Trámite de audiencia.
  • Resolución:
    • Determinación de sanción
      • Notificación de la resolución
    • Diligencia de sobreseimiento.
      • Notificación y archivo de las actuaciones.

Plazo resolución

  Seis meses.

Efectos presuntos

Caducidad.

Recursos

La resolución del procedimiento no pone fin a la vía administrativa. Se puede interponer alguno de los siguientes recursos:

  • Reclamación económico administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional, si el importe de la sanción excede de 150.253,03 euros, se podrá optar por interponer dicha reclamación directamente, ante el Tribunal Económico Administrativo Central.
  • Con carácter potestativo y previo a dichas reclamaciones económico administrativas se puede interponer recurso de reposición ante el órgano que aprobó la ponencia, no siendo admisible la interposición simultánea de ambos recursos.
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