La inscripción de la identidad y cuota de participación del cónyuge no inscrito, y de los comuneros miembros o partícipes de la comunidad y entidades sin personalidad jurídica constituidos con anterioridad al 1 de enero de 2005.
Texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, y Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
Las Gerencias del Catastro.
A instancia de parte.
Cotitulares que hubieran adquirido su derecho con anterioridad al 1 de enero de 2005.
Puede iniciarse en cualquier momento.
Solicitud en la que se haga constar la referencia catastral del bien inmueble.
Podrá utilizarse el modelo normalizado de solicitud que se encuentra a su disposición en las Gerencias del Catastro y en esta página web Modelo de Solicitud Catastral , así como el modelo de declaración – autoliquidación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
Documentos que sirven de base a la solicitud.
En caso de que el solicitante actúe como representante deberá aportar el documento acreditativo de la representación.
Seis meses.
Desestimatorios.
La resolución del procedimiento no pone fin a la vía administrativa. En el plazo de un mes desde la notificación de la resolución se puede interponer: